jueves, 7 de noviembre de 2013

Segunda entrada

Buenos dias! Aqui estamos con mi segunda entrada......en esta ocasión voy a hablar sobre un tema que para mi parecer es subrrealista y esta causando un gran revuelo, se trata nada má y nada menos que de la Doctrina Parot y en concreto con el caso de Inés del Río. Acontinuación comentaré un par de artículos. En el primer artículo se habla basicamente de la importancia que tiene la Doctrina Parot por la cual etarras y otros delincuentes como los violadores ven mucho mas difícil la reducción de sus penas y por tanto se ven obligados a cumplir el máximo de la condena, que en España según el Código penal de 1973 es de 30 años. La Doctrina Parot impone que la reducción de las penas (por trabajos sociales, estudios.....) se lleve acabo por cada condena por la que se le culpa y no por el máximo posible de condena en España. Si esta doctrina desapareciese muchos criminales podrian reagrupar todas sus condenas y por lo tanto no llegar a cumplir la totalidad de años a la que son condenados. Acontinuación el artículo. "La doctrina Parot es el nombre con el que se conoce la jurisprudencia que estableció el Tribunal Supremo a partir de su sentencia de febrero de 2006 en la que se resolvía el recurso presentado por el terrorista de ETA Henri Parot, según la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (mediante trabajo, estudios etc.) se aplica respecto de cada una de las penas individualmente, y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión, que según el Código Penal de 1973 es de 30 años. En julio de 2012 el Tribunal Europeo de derechos Humanos con sede en Estrasburgo sentenció, resolviendo un recurso de la etarra Inés del Río Prada, que la doctrina Parot (que había sido modificada parcialmente en 2008 por el TC español en la conocida como doctrina del doble cómputo penal) viola la Convención Europea de Derechos Humanos, por lo que instaba al Gobierno español a poner en libertad a la terrorista, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos y atentados terroristas. Si se deroga definitivamente la doctrina Parot, más de 50 miembros de la banda terrorista, además de narcos, violadores y asesinos en serie, serían puestos en libertad". En el segundo artículo se habla concretamente del caso de Inés del Río. Tiene uno de los historiales más sangrientos en la historia de eta, fue condenada a más de 3000 años de cárcel por 24 asesinatos. Su salida de prisión estaba prevista tras 20 años de condena para el 2008 acogiéndose a los beneficios penitenciarios Recogidos en el Código penal de 1973, pero la Doctrina Parot retrasó la salida hasta 2017. Ahora bien la etarra en cuestioón recurrió al TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) Que le ha dado la razón en Octubre de 2013 con lo que la Audiencia Nacional no ha tenido más remedio que ordenar su excarcelaciòn. Evidentemen no estoy en absoluto de acuerdo con la puesta en libertad de Inès del Río ni con la idea de que otros asesionos o violadores puedan ver reducida su condena por la agrupación de los delitos por los que se les acusan, pero en España existe la irretroactividad de las leyes lo que quiere decir que la su aplicación solo se dará en aquellos delitos cometidos tras su promulgación. Como clara conclusión diré que lo que se debe hacer es cambiar el principio de irretroactividad de las leyes

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